En un contexto global cada vez más competitivo acentuado por la implementación de normas fiscales internacionales vinculantes, Marruecos, como las economías emergentes, busca adaptar su sistema tributario al nuevo entorno internacional para consolidar su atractivo y la competitividad de sus negocios.
Con este fin, las empresas industriales han podido beneficiarse de una multitud de medidas excepcionales adoptadas durante las últimas Leyes de Finanzas para corregir el efecto disuasorio provocado por el derecho común : exención o reducción del impuesto sobre las sociedades, amortización acelerada, etc.
Este artículo tiene como objetivo recopilar y resumir las medidas fiscales que tienen un impacto favorable en el sector industrial.
Empresas industriales con un beneficio neto de menos de 100 MDH
En 2020, el tipo marginal de IS 31% se redujo al 28% para las empresas que ejercen una actividad industrial que genere un beneficio neto de menos de 100 MDH.
Una actividad industrial es cualquier actividad que consiste en la fabricación o transformación directa de materias primas en productos acabados mediante la utilización de factores de producción.
Aquellas empresas industriales que realizan simultáneamente una actividad industrial y otra actividad, la tasa del 28% y el umbral de 100 MDH mencionados anteriormente, solo se aplican a la parte de la ganancia correspondiente a la actividad industrial.
Atención con la acumulación de ventajas : la aplicación de la tasa reducida anterior no se puede combinar con la aplicación de amortizaciones degresivas o cualquier otra reducción. Sin embargo, la empresa se reserva el derecho de elegir el esquema de incentivos más ventajoso.
Empresas industriales establecidas en zonas de aceleración industrial : Las zonas de aceleración industrial (anteriormente conocidas como zonas francas de exportación se benefician de un régimen fiscal preferencial a través de:
- la exención de cinco años en el pago del IS desde el inicio de la actividad, ventaja que también se otorga a todas las empresas industriales, independientemente de su ubicación geográfica;
- La aplicación del tipo específico del 15% en materia del IS de manera uniforme a la ganancia global en lo que respecta a la facturación local y a las exportaciones a partir del quinto año de actividad;
Tenga en cuenta que antes de 2020, la tasa reducida del 8.75% (aumentada a 15% por el LF 2020) se aplicaba sólo a las exportaciones realizadas por las empresas que operan en zonas de aceleración industrial y ello por un período de 20 años que sigue a la exoneración quinquenal previamente citada.
La exención de la retención de los dividendos distribuidos por empresas establecidas en zonas de aceleración industrial y procedente de actividades realizadas en estas zonas, cuando dichos dividendos son obtenidos por personas físicas o morales que no residan en Marruecos.
Medidas relativas al IVA :
Las empresas ubicadas en zonas de aceleración industrial se benefician de la exención del IVA por los productos adquiridos y servicios contratados así como por el conjunto de operaciones de compraventa realizadas con empresas situadas en una zona de aceleración industrial.
Medidas relativas a los derechos de registro:
Las empresas instaladas en las Zonas de aceleración industrial se benefician de la exoneración de los derechos de registro relativos a:
- Actas de constitución y de aumento de capital;
- Adquisición de terrenos necesarios para la realización de la inversión.