Medidas del CNSS - Covid 19 Marruecos

27 mar 2020
Aplicación de las medidas adoptadas por el Fondo Nacional de Seguridad Social (CNSS) en respuesta al Covid-19 El CNSS ha anunciado la aplicación de medidas de apoyo a las empresas en dificultades. Estas medidas tienen como objetivo ayudar a los empleados, pero también a las empresas:
  1. En beneficio de los empleados que se encuentran en situación de suspensión temporal del trabajo: Concesión de una indemnización global neta de 2.000 DHS a todos los empleados declarados al CNSS en febrero de 2020, además de las asignaciones familiares y las prestaciones de la AMO, para el período comprendido entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020.  (con sujeción a las condiciones que se detallan a continuación);
  2. En beneficio de las empresas: Una exención de las contribuciones patronales y del impuesto de formación profesional para las empresas que se comprometan a no reducir su plantilla, declarada en febrero de 2020, en más del 20% para el período comprendido entre el 15 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020. (en condiciones aún no definidas) ;
A continuación se describen las disposiciones prácticas para la aplicación de la primera medida. En cuanto a la segunda medida, todavía estamos esperando más detalles sobre las condiciones de su aplicabilidad. Elegibilidad : Empleados, en paro temporal declarado al CNSS para el mes de febrero de 2020, y bajo la responsabilidad de empleadores en dificultades, afiliados al CNSS. Métodos de aplicación : El CNSS ha anunciado la puesta a disposición de los empleadores de un portal electrónico "covid19.cnss.ma" dedicado a la presentación de reclamaciones para beneficiarse de la prestación durante el período comprendido entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020.
  • Si el empleador es miembro del portal DAMANCOM, el sistema le pedirá que introduzca el nombre de usuario y la contraseña del portal DAMANCOM;
  • Si el empleador no es miembro de DAMANCOM, el portal le ayudará a crear una cuenta. Recibirá su nombre de usuario y contraseña por correo electrónico;
El portal presentará al empleador la lista de empleados declarados para el mes de febrero de 2020. El empleador deberá seleccionar el personal en cese temporal de esta lista y deberá formalizar en el portal su declaración jurada certificando que el cese total o parcial de su actividad es inducido por la pandemia del Coronavirus Covid-19; El personal seleccionado en la lista recibirá la suma global al final de cada mes del período en cuestión y se beneficiará de las prestaciones familiares y de la OMA, mediante transferencia bancaria o mediante su puesta a disposición. La asignación del 15 al 31 de marzo de 2020 está fijada en 1.000 MAD. Se recomienda para este propósito:
  • Llevar a cabo las tele-declaraciones de los sueldos de todos sus empleados antes del final de cada mes y no antes del 10 del mes siguiente.
  • Transferir las tele-declaraciones después de la validación
  • Declarar a los empleados en cese temporal de actividad al final de cada mes con mantenimiento sin sueldo, desde el mes 04/2020 y hasta el final de la crisis,
Verificación de la elegibilidad : El CNSS verifica que estos empleados no han reanudado su actividad asalariada (no hay declaración al CNSS). El pago de la asignación de marzo de 2020 no estará condicionado por este cheque.
Soluciones centradas en las personas
Contacta a nuestros expertos hoy mismo.
Contáctanos